jueves, 1 de abril de 2010

Presupuesto Participativo

LA ASOCIACION CIVIL USHUAIA PARTICIPA INVITA A LOS VECINOS DE LA ZONA A LA AUDIENCIA SOBRE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO QUE SE REALIZARÁ EL DIA 6 DE ABRIL EN EL COLEGIO ERNESTO SABATO A LAS 18 HORAS.

RECORDAMOS QUE MEDIANTE ESTA HERRAMIENTA LOS VECINOS PODEMOS PLANTEAR LAS NECESIDADES DEL BARRIO PARA LUEGO EN FORMA CONJUNTA ARMAR LOS PROYECTOS QUE PODRAN SER FINANCIADOS CON EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2011.

TU PARTICIPACION ES IMPORTANTE – NO DEJES QUE ELIJAN POR VOS


El jueves y viernes pasado (25 y 26 de Marzo) se realizaron las primeras audiencias públicas por el presupuesto participativo para el presupuesto 2011. Ushuaia Participa estuvo presente en ambas y en disidencia con lo publicado en la página oficial del municipio les contamos que sucedió desde nuestro punto de vista. Dichas reuniones se realizaron en el quincho de asociación de propietarios de taxis y e la escuela 39 de las 640 viviendas.
En la primera no participó ningún vecino y en la segunda se acercaron alrededor de quince vecinos. La baja participación (recordemos que en la zona implicada existen cerca de 1000 familias por lo tanto estaban representadas cerca del 1% de las familias) en estas primeras audiencias se debe a la poca y nada de campaña que realiza el ejecutivo municipal para difundir los procesos del presupuesto participativo.
En la reunión los vecinos de las 640 viviendas solicitaron que el horario del periférico se extienda a 24 hs o bien que se coloque una guardia con una ambulancia incluida para atender los casos de urgencia. Lo que realizará el municipio es trasladar la inquietud a las autoridades del ministerio de salud de la provincia ya que este tema escapa de la órbita municipal.
Por otro lado los mismos vecinos reclamaron un centro comunitario en el barrio ya que si bien las escuelas que pertenecen a la zona son un ejemplo de apertura a la comunidad (Colegio Los Andes y la escuela 39) no dan abasto para satisfacer las demandas del barrio en lo que respecta a cultura y esparcimiento. Por lo que las autoridades del municipio presentes plantearon que el principal escollo era la falta de un terreno municipal para ejecutar el centro comunitario.
Por otro lado los vecinos del Fernández siguen reclamando la ejecución de pluviales, cordón cuneta, asfalto y drenajes en el sector ya que aluden que, con el paso del tiempo, se incrementan los inconvenientes con el escurrimiento del agua en la zona. Cabe recordar que los vecinos tienen el proyecto de lo solicitado ya que lo han presentado al municipio en reiteradas ocasiones. Te seguiremos manteniendo al tanto de los acontecimientos, pero no olvides que tu participación es importante.


A continuación recordamos algunos datos a considerar del Presupuesto Participativo.

Se llama Presupuesto Participativo al proceso a través del cual los vecinos por sí o mediante organizaciones de la comunidad conjuntamente con las autoridades municipales establecen las prioridades de asignación de los recursos del municipio, y participan a su vez con su aporte comunitario. El proceso involucra además el seguimiento y control posterior por parte de los vecinos de dicha asignación.
Según la ordenanza que lo establece el Municipio debe garantizar mecanismos y campañas de participación de la sociedad civil en establecer prioridades sobre la asignación de recursos sobre las distintas áreas y dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal.

El proceso se rige por los siguientes principios:
a) Transparencia: debe difundirse el presupuesto municipal, a fin de que la población tenga conocimiento del mismo;
b) Igualdad: todos los vecinos y las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar en el presupuesto participativo, sin ningún tipo de discriminación.
c) Consenso: el procedimiento promueve la construcción de consensos entre los sectores públicos y privados de la ciudad;
d) Eficacia y Eficiencia: El Municipio organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los planes concertados a través del presupuesto, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una optima utilización de los recursos;
e) Equidad: deberá ser tendiente a promover acciones, inversiones y programas hacía grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial;
f) Forma representativa: la participación en el presupuesto participativo fortalece la forma representativa y participativa de gobierno;
g) Rendición de cuentas: las autoridades municipales deben rendir cuentas de la asignación de los recursos presupuestarios afectados, fundamentando los apartamientos dentro del procedimiento de priorización;
h) Respeto a los Acuerdos: La participación de la comunidad en el presupuesto participativo municipal se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados.

A los efectos de la aplicación de la Ordenanza el Departamento Ejecutivo debe diseñar la organización territorial contemplando el criterio de integración de los diferentes barrios que permitan la participación comunitaria por necesidades comunes. En cada Distrito el Departamento Ejecutivo debe ejecutar anualmente la parte del Presupuesto Participativo que a cada uno de ellos se le acredite.
A su vez el Departamento Ejecutivo debe realizar anualmente una Consulta Popular a los efectos de someter a consideración de los vecinos los temas a desarrollar durante el ejercicio.
Las propuestas deberán ser evaluadas por el Concejo técnico del Presupuesto Participativo integrado según la reglamentación vigente, por tres (3) representantes del Concejo Deliberante y SEIS (6) representantes por el Departamento Ejecutivo. El Consejo Técnico dicta su propio reglamento y garantiza a través del mismo la participación con voz pero sin voto de representantes de las organizaciones temáticas y distritales.

La autoridad responsable de cada uno de los poderes y organismos debe fundamentar el apartamiento sobre las prioridades sobre la asignación de recursos efectuadas por la comunidad.

Constituye el Presupuesto Participativo los fondos que el Municipio disponga en su presupuesto anual tal lo establecido en el artículo 96 de la Carta Orgánica. La participación de la comunidad en la asignación de prioridades se circunscribe al porcentaje del presupuesto que no insuma gastos corrientes. Se contempla un esquema progresivo de participación a partidas relacionadas con el funcionamiento de la gestión propia del municipio tendiente a dar cumplimiento al artículo 97, inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal. En los tres (3) primeros años el porcentaje debe contar con acuerdo legislativo. A partir del cuarto ejercicio, el porcentaje afectado no podrá ser inferior al CINCO POR CIENTO (5 %) del proyecto de presupuesto presentado por el Departamento Ejecutivo. Se establece que el incremento porcentual debe realizarse en forma gradual en base a la situación económica y financiera del Municipio.

Es incompatible la participación de ciudadanos como representantes de las Asambleas ante el Consejo Técnico del Presupuesto Participativo aquellas personas que desempeñen cargos electivos o ejerzan la función pública en el ámbito de la Ciudad, u otro cargo municipal, provincial o nacional.

El Departamento Ejecutivo debe presentar el cronograma anual de actividades del Presupuesto Participativo en la primera sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Ushuaia. Deben detallarse las funciones y actividades previstas para el desarrollo anual.
El Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante, deben garantizar la difusión masiva de las reuniones y otras actividades que se desarrollen en el marco de las distintas instancias del proceso de Presupuesto Participativo, de los resultados y dictámenes referidos a los parámetros de medición comparativa para la distribución automática y equitativa de las partidas presupuestarias y de los estudios sociales y técnicos realizados por Organizaciones no Gubernamentales, Universidades, etc, para perfeccionar el modelo de Presupuesto Participativo. La falta de publicación implica la nulidad de lo actuado.



Los Distritos obtienen su porción del Presupuesto Participativo de acuerdo a los resultados obtenidos a lo largo del período analizado, para lo cual se definen a continuación los parámetros que se utilizan para la medición de cada uno de los criterios:
i) Devolutivo: criterio fiscal. Está conformado por el porcentaje de cumplimiento tributario realizado en cada Distrito sobre el total de recaudación del Municipio. El porcentaje obtenido por cada Distrito en este rubro, se aplica en forma directa y automática sobre la partida del Presupuesto Participativo correspondiente al Criterio Devolutivo.
ii) Poblacional: Está conformado por el porcentaje de población que habita en cada Distrito o beneficiarios directos e indirectos de la organización temática respecto del total del Municipio. El resultado que obtenga cada Distrito y organización temática se aplica en forma directa y automática sobre la partida del Presupuesto Participativo correspondiente al Criterio Poblacional.
iii) Responsabilidad Comunitaria: Es un criterio de responsabilidad social.
Se busca calificar la conducta de los individuos que influyen en el cotidiano desenvolvimiento de cada Distrito. Por reglamentación se establecen los Indicadores de Afinidad Social que se evalúan.
iv) Participación: Es un criterio que refleja el nivel de participación de la sociedad en actividades, campañas y herramientas institucionales e informales de participación, propuestas por el Municipio u promovidas por autogestión. Mediante sus indicadores se busca calificar el involucramiento vecinal a través de la participación directa y de las
organizaciones formales e informales de cada distrito y eje temático. Por reglamentación se establecen los Indicadores de Participación.

Hasta tanto se dicte el primer Reglamento de procedimiento del Consejo Técnico del Presupuesto Participativo, se conformará una comisión integrada por UN (1) miembro de cada bloque político del Concejo Deliberante y CINCO (5) miembros del Ejecutivo Municipal.

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